El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) publicó este viernes 9 de febrero una nueva resolución que limita la velocidad máxima permitida para el transporte público y privado.
Según la resolución conjunta 004 del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia y la 002 del Ministerio de Transporte, los servicios de transporte público y privado podrán conducir a no más de 70 km/h en autopistas, 60 km/h en carreteras nacionales (troncales) y panamericanas, 40 km/h en zonas urbanas y 15 km/h en intersecciones viales.
La medida tiene como objetivo reducir los accidentes de tránsito causados por el exceso de velocidad.
Palencia hizo el anuncio durante la supervisión del dispositivo especial de seguridad vial en autopistas y carreteras, que inició en Caracas. Indicó que el límite de velocidad para vehículos de carga pesada se basa en una resolución del Ministerio del Relaciones Interiores, Justicia y Paz, que busca regularizar la velocidad máxima permitida.
Además, agregó que los vehículos de carga pesada deben usar el canal derecho y no superar los 45 kilómetros por hora. El canal izquierdo es para los vehículos livianos.
Con información de El Impluso .-
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